Durante el procedimiento de formalizar la escritura de extinción de condominio, debe tenerse presente en todo momento la existencia de la hipoteca (si la hubiere) que el banco concedió a la pareja en su día y que todavía está pendiente de pago. ¿Qué ocurre en estos casos? ¿Es posible realizar una disolución de condominio si existe una hipoteca de por medio? La respuesta es sencilla: Sí, es posible, de hecho la existencia de un crédito hipotecario no obstaculiza en ningún momento que este proceso pueda llevarse a cabo. Sin embargo, posee ciertas particularidades.
Cuando se lleva a cabo una disolución de condominio, debe entenderse que la parte que se desvincula de la vivienda no lo hace de la hipoteca, ya que una cosa es el crédito hipotecario y otra cosa es la vivienda. En pocas palabras, uno puede dejar de ser copropietario de un bien inmueble, pero no de la hipoteca. Ante el banco, ambos titulares deberán seguir respondiendo ante la deuda que contrajeron en su día
Entonces, ¿cómo se soluciona esto? Este escenario es algo que deben contemplar aquellos que lleven a cabo una extinción de condominio, compraventa o donación de la vivienda, ya que es un escenario común para todos estos casos. Para solucionar este embrollo, se puede recurrir a los siguientes mecanismos:
- Solicitar una novación de hipoteca en la que se modifica la titularidad del préstamo hipotecario. Mediante este recurso, se elimina a los cotitulares que ceden su parte.
- Subrogación de hipoteca. Se realiza el traslado de la hipoteca a otra entidad con unas nuevas condiciones (entre ellas la modificación de la titularidad).
- Amortización y constitución de una nueva hipoteca. Debido a que la ley obliga al banco a pagar todos los gastos de una constitución de una nueva hipoteca, el propietario no tendrá que pagar ni un solo euro por ello.